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Areas y Oficinas
DIVISIÓN DE LOS REGISTROS DEL ESTADO CIVIL órgano de ejecución responsable de dirigir, coordinar y ejecutar las actividades de registro de identificación de las personas de acuerdo a la Ley Nº 26497 y su reglamentación D. S. 015-98-PCM. Está a cargo de un Jefe de División que depende administrativamente de la Sub Gerencia de Servicios Municipales, y normativa y funcionalmente del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC. Son funciones de la División de los Registros del Estado Civil: a. Planear, organizar, dirigir y racionalizar las inscripciones de los Registros de su competencia; b. Registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas, así como las resoluciones judiciales, actos notariales y administrativos que a ellos se refieren susceptibles de inscripción y los demás actos que señala la Ley; c. Emitir las constancias de inscripción correspondiente; expedir copias certificadas y/u otras transcripciones. d. Celebrar matrimonios de acuerdo a las normas legales vigentes, previa delegación expresa del Despacho de Alcaldía; e. Informar los hechos vitales a la Oficina de Estadística del REDES Azángaro y a RENIEC; f. Informar periódicamente sobre los fallecidos a RENIEC para depuración del Padrón Electoral; g. Cumplir los procedimientos administrativos de acuerdo a la normatividad vigente; h. Emitir Resoluciones Administrativa de naturaleza registral; i. Mantener los hechos vitales de la persona j. Proporcionar a los usuarios la información requerida; k. Colaborar con las autoridades judiciales y policiales para la identificación de las personas; l. Cumplir las demás funciones que le encomiende la Ley. |